Con amplia mayoría, el Senado aprobó el dictamen por el que se adiciona un artículo a la Ley General de Salud, que contempla la objeción de conciencia, a través de la cual se permitirá que los profesionales, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social que formen parte del SNS puedan “excusarse de participar y/o cooperar” en programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contradigan sus valores o principios éticos, como pueden ser los casos de aborto y eutanasia.
El derecho de objeción de conciencia se podrá ejercer “en cualquier momento” y no está limitado por la actuación del personal médico en situaciones pasadas, sin embargo siempre estará sujeto a no poner en riesgo la salud o la vida del paciente.
La Secretaría de Salud será la que emitirá los lineamientos para manifestar la objeción de conciencia y tendrá la obligación de contar en todos los casos con “personal no objetor” que reciba y atienda al paciente para no negar el derecho a la atención médica.
Con información de Animal Político
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