Ante la pandemia de COVID-19 y el para de las actividades escolares en nuestro país, como consecuencia, el plan académico se ha visto modificado y ha obligaba a las instituciones académicas a cumplir por vías alternativas, es decir, a distancia.
En este marco, el caso del Colegio Kuruwi de Jardínes del Pedregal destaca por no acatar la medida. La situación ha llevado a una demanda para devolver la inscripción de un estudiante; acto que está avalado por el Estado bajo el acuerdo publicado en el Diario Oficial el 10 de marzo de 1992, por la entonces Secofi, ahora Secretaría de Economía.
Sergio Pimentel, comisionado de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), fue quien decidió ejercer una demanda civil ante este colegio por incumplir las normas de aprendizaje a distancia, a partir de la pandemia de COVID-19. Declaró que la respuesta del colegio le dejó claro que, a pesar del elevado costo de la colegiatura (12,000 pesos al mes), no era correspondiente al nivel académico, por lo que se procedió a la demanda.
Puesto que la prestación de servicios educativos a cargo de escuelas particulares es una actividad regulada por el Estado, el demandante solicitó la devolución de las reinscripciones (poco más de 50,000 pesos).
El acuerdo con lo establecido, la obligación de las escuelas a devolver íntegro el concepto, siempre y cuando los padres avisen con al menos dos meses de anticipación al inicio del curso; sin embargo no hubo respuesta del colegio. Por lo que se acudió a la Profeco tras la negligencia, de manera expresa el colegio desconoció la validez del acuerdo y ofreció al demandante 8,992 pesos para así saldar la deuda de más de 50 mil.
La medida no fue tomada y Pimentel exhortó a los padres de familia que tengan inscritos a sus hijos en escuelas privadas a conocer los derechos para que se respete una posible demanda.