El presidente Enrique Peña Nieto vetó una serie de disposiciones contenidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y que forman parte de la llamada “Ley 3 de 3”.
La medida se tomó debido a que las disposiciones violentan los derechos de los mexicanos, según anunció Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de la Presidencia.
En tanto, EPN envió al Congreso de la Unión el artículo 32, los incisos B y C, además de otros 15 relacionados, al considerar que contienen medidas excesivas que afectarían la operatividad del Sistema Nacional Anticorrupción.
“Esta medida resultaría contraria a los derechos humanos previstos por la Constitución al afectar de manera excesiva la vida privada y la protección de los datos personales de los mexicanos e incluso de extranjeros que no viven en el país pero trabajan en una empresa trasnacional”, apuntó.
El consejero explicó que los artículos señalan que todo particular o empresa que ejerza o reciba recursos públicos o que contrate con cualquier instancia gubernamental, debe presentar sus declaraciones. Esto abarcaría –de acuerdo al funcionario- a la totalidad de trabajadores sin importar su función dentro de las empresas.
“El gobierno de la República ha escuchado con atención las voces que argumentan que esta medida es excesiva, y que haría inoperante el Sistema Nacional Anticorrupción ya que sería imposible procesar millones y millones de declaraciones”, detalló.
Además, dijo, provocaría que los particulares limitaran su prestación de servicios o venta de productos, “y lo más importante, afectaría a personas que no están vinculadas con contrataciones como beneficiarios del programa Prospera o los becarios del CONACYT, entre otros”.
Castillejos Cervantes aseguró que las modificaciones propuestas no disminuirán la capacidad de las autoridades para investigar a quienes actúen de forma irregular.
Para atender los ajustes, Peña Nieto solicitará un nuevo periodo extraordinario en el Congreso.
De acuerdo con lo vertido en el artículo 32, están obligados a presentar, bajo protesta, su declaración de situación patrimonial y de intereses ante las secretarías u órganos internos de control de conformidad con lo previsto en la ley:
A) Servidores públicos
B) Cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes políticos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios.
C) Personas físicas que presten sus servidores o reciban recursos de las personas morales a que se refiere la fracción anterior.
A la par, el artículo 29 menciona que las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Para ello, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes.
Con información de El Universal y Milenio
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