Es Oficial, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en México, avisó por medio de su cuenta de twitter que:
“Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas“.
En palabras más sencillas, ni tu pareja, ni tus familiares podrán (ni tu tampoco el de ellos), revisar tu celular, tus mails o cualquier otro tipo de comunicación privada, pues ya está estrictamente prohibido hacerlo sin la autorización previa.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 ? https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019
Así que ya sabes, podrás decirle a tu pareja: “Amor, la Suprema Corte de Justicia dice que ni las parejas, ni los familiares, podrán revisar el celular porque es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas“… ¡y buena suerte!
Curiosamente, la SCJ emitió el fallo, basado en el análisis de un caso en el que la ex pareja de una mujer imprimió 343 mails de la esposa, mismos que utilizó como pruebas para demostrar en un juicio que su esposa le había sido infiel y con esto pudo obtener el divorcio y la custodia total de sus hijos.
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