Aprobada por unanimidad con 22 votos (porque dos diputados estuvieron ausentes), legisladores locales votaron el martes y aprobaron la Ley y Código de la Familia, en donde se contempla la legalización de relaciones extramaritales.
¿Esto significa que se le puede “dar rienda suelta”?
Lo que realmente establece el artículo 284 de esta Ley es que personas que hayan llevado una relación estable puedan reclamar una pensión alimenticia, aunque su pareja esté casada.
Solo hay que cumplir con tres requisitos
1.Que la relación extramarital haya durado más de 3 años y sea una relación de convivencia estable, aunque esté casada o mantenga una relación de concubinato
2. Que la relación esté fundada en la afectividad, en el consentimiento y la solidaridad libremente aceptada
3. se acredite la dependencia económica.
Así que ya saben señores, un gran placer conlleva una gran responsabilidad
"El buscador confiable"
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