¿Y el apellido materno?

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Por: Emerio Anaya

Para buena noticia en todo México el lunes 15 de febrero comenzaron las jornadas de vacunación masiva para adultos mayores. A pesar de contar con una estrategia cuestionable por algunos críticos en torno a la decisión de vacunar primero en zonas retiradas o con poca población en el país, da esperanza ver el proyecto en marcha.

Aunado a ello, resulta interesante la organización que se estableció sobre a quienes les toca primero que a otros dentro de la categoría de adultos mayores. En el caso de Ciudad de México (CDMX) en las tres alcaldías donde se llevaron a cabo las vacunaciones, el orden consistió en los apellidos paternos, mientras que quienes no contaron con uno o, por otro lado, los que solo tuvieron el apellido materno fueron vacunados hasta el tercer día.

Podría parecer exagerado criticar dicha distribución, ya que finalmente solo fueron dos días de espera para tal grupo, no obstante, refleja una falta de importancia que se le confiere a la parte materna en los nombres.

En México, por tradición y herencia española, se usa el sistema de doble apellido. Aunque cabe recalcar que en España ese modelo comenzó a formarse desde el siglo XVI, fue hasta el XIX cuando tuvo regulación oficial. En el caso del territorio mexicano, durante la promulgación del Registro Civil (1859) no aparecía en la ley la obligación de que estuvieran presentes ambos apellidos, no obstante, el padre estaba obligado a declarar.

Lo común era que, en caso de existir solamente un apellido en el nombre, fuera el paterno. Fue en los códigos civiles de los estados del país donde se hicieron vigentes las jerarquizaciones en los apellidos. En el 2017 se realizaron unas reformas y adiciones en el Código Civil para el Distrito Federal que modificaron el artículo 58 y de esa manera se permitió que los padres pudieran escoger si primero iba el nombre materno o paterno.

Antes quedaba abierto, pero se daba a entender la preferencia por el del progenitor. En otros códigos civiles como el de Chihuahua sigue establecido que el primer apellido sea el del padre. Cabe mencionar que en la versión más reciente del Código Civil Federal no se establece tal jerarquización. Tampoco apareció eso en la original de 1928.

Es importante mostrar esto ya que refleja la ambigüedad que existe en la nación en torno a cada apellido. Se debe criticar una jerarquización que prioriza a quienes cuentan con el paterno sobre los que no, especialmente en un tema tan importante como la vacunación por más banal que sea la espera en cuanto a tiempos.

A medida que siga creciendo el número de madres solteras o las adopciones por parte de parejas lesbianas, por mencionar algunos casos; entonces el darle más importancia a uno que a otro significará restarle valor a un sector de la población que no cuente con la figura del padre.

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Emerio Anaya
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