La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales interpusieron ayer acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la Ley de Seguridad Interior.
El organismo de transparencia no emitió ayer ningún posicionamiento sobre el tema, en su sesión pública del pasado martes los comisionados ya habían anunciado que presentarían dicha acción de inconstitucionalidad contra los artículos 9 y 31 de la LSI. La razón de ello, expusieron en aquel momento, es que el artículo 9 impone una reserva de información prácticamente automática a todas las acciones de las fuerzas armadas, tan sólo con afirmar que son de seguridad nacional.
Los comisionados del INAI alertaron que la norma omite la necesidad de que el Ejército o la Marina presenten una prueba de daño, mediante la cual demuestren que la divulgación de la información de sus operativos es un riesgo verdadero para la seguridad del país.
En el caso del artículo 31 estimaron que contraviene el artículo 16 de la Carta Magna, pues invade competencias del Inai y otros organismos autónomos, al anular el régimen de cooperación mediante el cual –junto con otras instituciones– buscan evitar abusos en el ejercicio del poder público.
Al indicar que los organismos autónomos están obligados a entregar toda la información que soliciten las fuerzas armadas, señalaron, se interfiere en sus atribuciones y ni siquiera se dice con claridad qué clase de datos pueden pedir ni los mecanismos para su tratamiento.
Por su parte, el coordinador general de seguimiento de recomendaciones y de asuntos jurídicos de la CNDH, Rubén Francisco Pérez Sánchez, hizo entrega del expediente en el cual el organismo público expone sus argumentos en contra de la mencionada ley.
Además, entregó un comunicado en el cual expuso que su acción de inconstitucionalidad está basada en el hecho de que la LSI contraviene criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de violar el artículo 21 constitucional, donde se establecen los organismos encargados de la seguridad pública.
“La LSI, posibilita que de manera discrecional y sin las debidas garantías de transparencia, el Ejecutivo federal pueda ordenar la intervención de las fuerzas armadas e incidir en el ámbito de derechos y libertades de las personas, por causas que van más allá del combate a la inseguridad”, advierte.
Con información de La Jornada
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